Hoy, ITV de Levante S.A. os detalla su proceso de Alumbrado y Señalización en la Inspección Técnica de Vehículos atendiendo a la Señal de emergencia, según el Manual de Procedimiento:
ESPECIFICACIONES GENERALES
Todo vehículo de las categorías M, N y O matriculado a partir del 26/07/99, debe disponer de un sistema de señalización de emergencia que consiste en el funcionamiento simultáneo de todas las luces indicadoras de dirección.
MÉTODO
Mediante inspección visual se comprobará:
-Su existencia.
-Su funcionamiento.
-Que al operar sobre el mando de funcionamiento de estas luces, no se encienda ningún otro dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos.
-El funcionamiento del testigo.
REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art 15, 16 y 17 y Anexo X.
Particular: Directiva 76/756/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 48 R.
INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS